Instrumentos financieros

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Más protección para clientes de servicios financieros: Contenido y novedades de la transposición de la Directiva MIFID II

28 de diciembre de 2018 Noticias MERCADOS FINANCIEROS

Se ha publicado el Real Decreto 1464/2018, de 21 de diciembre, de desarrollo de la Ley de Mercado de Valores para su adaptación a la normativa relativa a los mercados de instrumentos financieros, más conocida como MIFID II. Su incorporación a la normativa española es prioritaria para disponer de todos los instrumentos que permitan una mayor protección del cliente y un mejor funcionamiento de los mercados, lo cual en última instancia redunda en la mejora de la financiación de las empresas y los particulares.

La UE obliga a que la información financiera se haga pública para evitar posiciones privilegiadas

La Sala Segunda del TJUE ha dictado una sentencia, de fecha 11 de marzo de 2015, en la que establece que conforme al Derecho de la Unión, una información financiera (o relativa a la situación de una empresa) deberá ser hecha pública aunque quien la conozca no sepa qué influencia precisa podrá tener en el precio de los instrumentos financieros. En caso contrario, quien conoce la información podría utilizar la incertidumbre como pretexto para beneficiarse de aquella en detrimento de los demás operadores del mercado.

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Para situarnos, las participaciones preferentes son instrumentos financieros que emite cualquier sociedad en el que se condiciona el pago de intereses a la obtención de beneficios de las sociedades a las que se refieren. En el pasado (antes del 2003) eran emitidas por filiales instrumentales situadas en el extranjero, generalmente en paraísos fiscales, lo que abría una gran puerta para colocar capital en dichos países de una manera relativamente segura. A cambio las sociedades emisoras se aseguraban reforzar su capital sin perder cuota de control, pues estas preferentes no otorgan derechos políticos al inversor. Desde el año 2003, con la entrada en vigor de la Ley 19/2003, de 4 de julio sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior la emisión está regulada desde el territorio español.

Nuevas obligaciones de información a los clientes de instrumentos financieros

Resumen del contenido de la Circular 3/2013 de 12 de junio, de la CNMC. Las entidades deberán proporcionar a los clientes información sobre cómo la inversión recomendada se ajusta a sus características como inversor. Esta recomendación deberá ser coherente con la evaluación realizada de dicho cliente. La documentación deberá entregarse cada vez que se realice la evaluación para un producto determinado.

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